Fondo de fomento
Programa Uruguay Audiovisual (PUA)
Programas y Proyectos Institucionales
Programas y Fondos Nacionales e Internacionales
Claqueta del mes
Recibe nuestro boletín por correo
Contenido del dialog UI.
Marco normativo
Ley 18.284 (ARTÍCULO 10.-) y su Decreto Reglamentario (Artículo 5°: De los certificados de nacionalidad, origen o de sello cultural a las obras audiovisuales).
1- Qué se considera obra cinematográfica y audiovisual nacional
Es la obra cinematográfica producidas por personas físicas o jurídicas con domicilio constituido en la República, inscriptas en el Registro Público del Sector Cinematográfico y Audiovisual, que:
a) se realice total o parcialmente en el territorio de la República Oriental del Uruguay;
b) la mayoría de los técnicos y artistas intervinientes en la producción y realización de las mismas, sin contar los extras, sean residentes en el país o ciudadanos uruguayos;
c) las realizadas total o parcialmente en el territorio de la República en régimen de coproducción con otros países, que empleen personal técnico y artístico que reúna las características antedichas, en un 20% (veinte por ciento), como mínimo.
2- Qué es el Certificado de Nacionalidad
Es el documento otorgado por el ICAU que acredita la condición de obra nacional. La legislación nacional vigente distingue dos situaciones:
a) Certificado de Proyecto de Obra, que habilita a su titular, sin perjuicio de otros requisitos aplicables, a postularse a los fondos que otorgue el ICAU y para otros fines que éste determine.
b) Certificado de Obra Realizada, que acredita, una vez terminada la obra audiovisual, que ésta ha dado cumplimiento al proyecto inicialmente aprobado, o que cumplen las condiciones estipuladas en la ley para ser considerada nacional, y únicamente cuando de los antecedentes aportados por el productor surja que no se ha alterado sustancialmente la naturaleza del Proyecto de Obra.
3- A quiénes expide el ICAU el Certificado de Nacionalidad de Proyecto de Obra y Obra Realizada
A productores (personas físicas o jurídicas) de proyectos de obra u obras audiovisuales con domicilio constituido en la República, nacionales o residentes en el territorio de la República; inscriptos en el Registro Público del Sector Cinematográfico y Audiovisual, de acuerdo a la Ley y su Decreto Reglamentario.
4- Procedimiento para su solicitud
Enviar el formulario de solicitud de certificación de nacionalidad, firmado por el solicitante, más los adjuntos correspondientes a: tramitesicau@mec.gub.uy explicitando en el Asunto: Nacionalidad/(nombre de proyecto).