Consulta de trámites
Destacados
Comunidad y convivencia
Legislación
Sobre los dichos del General (r) Wile Purtscher
En el marco de las competencias del Ministerio de Educación y Cultura se realizan las siguientes aclaraciones:
En carta publicada en e
Consulta de trámites Destacados Comunidad y convivencia Legislación
Reconquista 535 - CP 11100 - Montevideo, Uruguay
+598 2915 0103 - 2915 0203
Atención telefónica de 9 a 18 hs.
centrodeinformacion@mec.gub.uy
Dirección Nacional de Cultura
San José 1116
+598 2908 6740 - 2908 6950 de 9 a 17 hs.
cultura@mec.gub.uy
Las afirmaciones realizadas en el mencionado artículo son inexactas porque:
1) El General Dalmao fue procesado por resoluciones de primera y segunda instancia por el homicidio de Nibia Sabalzagaray. Asimismo fue condenado por sentencia de primera instancia como autor del referido homicidio.
2) Las sentencias que dispusieron el procesamiento y prisión primero y la condena después fueron dictadas por jueces independientes, a requerimiento de fiscales designados por el Poder Ejecutivo, previa venia del Senado de la República otorgada por las dos terceras partes de sus integrantes.
3) En la causa originada por el homicidio de Nibia Sabalzagaray intervinieron dos Jueces Letrados de 1° Instancia en lo Penal, tres Ministros de un Tribunal de Apelaciones en lo Penal y tres Fiscales Letrados Nacionales en lo Penal. Todos ellos coincidieron en la responsabilidad penal del General Dalmao en el homicidio de Nibia Sabalzagaray.
Las mencionadas declaraciones deben ser entonces rechazadas porque cuestionan la estructura y funcionamiento del sistema de justicia establecido en la Constitución y en las Leyes de la República y son no solo inexactas sino que sugieren la convocatoria a acciones fuera del ámbito del derecho.
Ministro (i) de Educación y Cultura
Óscar Gómez