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Declaración
Lunes 17 de diciembre de 2012

Declaración

El Ministerio de Educación y Cultura expresa a la ciudadanía su más firme rechazo y condena al ataque dirigido hacia una mujer por su condición de afrodescendiente durante el pasado fin de semana y convoca a la población a redoblar esfuerzos para la construcción de una cultura de convivencia, orgullosa de su diversidad, en la que todas las personas sin distinciones puedan ejercer plenamente sus derechos. Asimismo expresa su solidaridad con la mujer agredida, su familia y la comunidad afrodescendiente.

 

En ese sentido, el MEC ha convocado para el día de hoy lunes 17 de diciembre una reunión urgente de la Comisión Honoraria contra el racismo, la xenofobia y toda forma de discriminación para analizar las medidas a tomar.

 

Comisión Honoraria Contra el Racismo, la Xenofobia y Toda Forma de Discriminación

 

La Ley 17.817 del 6 de setiembre de 2004, titulada Lucha contra el Racismo, la Xenofobia y la Discriminación, crea la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación. Fue instalada el 21 de marzo de 2007, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial.

 

El decreto presidencial que reglamenta la ley define que la Comisión funcione en la órbita del Ministerio de Educación y Cultura, y que se integre por siete miembros designados de la siguiente manera: un representante del Ministerio de Educación y Cultura, que la presidirá, un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, un representante del Ministerio del Interior, un representante del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y tres representantes designados por el Presidente de la República entre las personas propuestas por organizaciones no gubernamentales que cuenten con conocida trayectoria en la lucha contra el racismo, la xenofobia y otra forma de discriminación.

 

La Comisión tiene por objeto "proponer políticas nacionales y medidas concretas para prevenir y combatir el racismo, la xenofobia y la discriminación, incluyendo normas de discriminación positiva." (Artículo 4)

 

Sus competencias más destacadas son:

 

• Analizar la realidad nacional en materia de discriminación, racismo y xenofobia, elaborar informes y propuestas con respecto a dichos temas, y plantear al Poder Ejecutivo la creación de normas jurídicas específicas o modificación de las ya existentes en su área de competencia.

 

• Monitorear el cumplimiento de la legislación nacional en la materia.

 

• Diseñar e impulsar campañas educativas tendientes a la preservación del pluralismo social, cultural o religioso, a la eliminación de actitudes racistas, xenofóbicas o discriminatorias y en el respeto a la diversidad.

 

• Recopilar y mantener actualizada la información sobre el derecho internacional y extranjero en materia de racismo, xenofobia y toda otra forma de discriminación; estudiar esos materiales y elaborar informes comparativos de los mismos.

 

• Recibir y centralizar información sobre conductas racistas, xenofóbicas y discriminatorias; llevar un registro de las mismas y formular la correspondiente denuncia judicial si eventualmente correspondiere.

 

• Brindar un servicio de asesoramiento integral y gratuito para personas o grupos que se consideren discriminados o víctimas de actitudes racistas, xenofóbicas y discriminatorias.

 

• Informar a la opinión pública sobre actitudes y conductas racistas, xenofóbicas y discriminatorias o que pudieren manifestarse en cualquier ámbito de la vida nacional, especialmente en las áreas de educación, salud, acción social y empleo; provengan ellas de autoridades públicas o entidades o personas privadas.

 

• Promover la realización de estudios, concursos e investigaciones relacionadas con sus competencias.

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