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Pasos a seguir para levantar la suspensión de la personería jurídica Consulta de trámites Destacados Comunidad y convivencia Legislación
La Dirección de Asuntos Constitucionales, Legale
Reconquista 535 - CP 11100 - Montevideo, Uruguay
+598 2915 0103 - 2915 0203
Atención telefónica de 9 a 18 hs.
centrodeinformacion@mec.gub.uy
Dirección Nacional de Cultura
San José 1116
+598 2908 6740 - 2908 6950 de 9 a 17 hs.
cultura@mec.gub.uy
Según lo dispuesto en el Art. 137 de la Ley 19.535, el registro era de carácter obligatorio para todas las instituciones cuyo estatuto o reforma del mismo haya sido aprobado antes del 1º de junio de 2018, y las que estuvieren en proceso de reforma de estatuto a esa fecha.
Por tanto, todas las Asociaciones Civiles y Fundaciones que no lo realizaron quedaron automáticamente con su personería jurídica suspendida. A los efectos de levantar la medida y evitar la cancelación definitiva, deberán entregar de forma presencial una nota ante la mencionada Dirección (Montevideo, Edificio sede MEC -Reconquista 535 piso 5º-), solicitando el cese de la suspensión, lo que será analizado y resuelto en consecuencia.
A continuación se pueden descargar los modelos de nota con los datos requeridos para realizar la petición y acceder a la guía de uso del Censo ante posibles dudas con la información solicitada:
Consultas al correo electrónico: consultascenso2018@mec.gub.uy